Pese a que el ministro del Interior, Juan Zapata en su cuenta de Twitter el pasado 16 de julio, anunció la captura de uno de los presuntos implicados en el asesinato de los abogados Ricardo Guamán y Arístides Zerda; la realidad en la Corte de Justica de El Oro, es otra.
O al menos eso es lo que se deduce en el expediente del proceso que trata la detención de Bryan Steven L.L, la noche del pasado 15 de julio en el barrio Santa Elena.
En el acta resumen de la Función Judicial detalla que la presunta infracción de la aprehensión es la tenencia y porte de arma, pero en ningún lado se indica o se insinúa siquiera que sea sospechoso de ser parte del asesinato de los mencionados jurisconsultos.
El documento electrónico en referencia se puede leer en la página de la Judicatura de El Oro: https://eloro.funcionjudicial.gob.ec/, en el enlace “Causas” que permite el ingreso al E-SATJE 2020 – CONSULTA DE PROCESOS JUDICIALES ELECTRÓNICOS.
Justamente, en ese sitio digital está el acta resumen en referencia, en cuyo apartado 7, se menciona textualmente:
“7. Extracto de la resolución
JUEZ.- SE CUMPLE CON LOS REQUISITOS DEL ART. 527 DEL COIP Y SE CALIFICA POR LEGAL LA FLAGRANCIA Y EL ACCIONAR POLICIAL.- SE NOTIFICA A LOS SUJETOS PROCESALES CON EL INICIO
DE LA INSTRUCCION FISCAL POR EL DELITO DEL ART. 360 INCISO 1, EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR
ES EL DIRECTO, LA AUDIENCIA DE JUICIO SE LLEVARÁ A EFECTO EL 04 DE AGOSTO DEL 2023. COMO MEDIDA CAUTELAR SE DISPONE LAS DETERMINADAS EN EL ART. 522 NUMERAL 1, 2 Y 4 SE OFICIE A MIGRACION DE EL ORO A FIN DE QUE INSCRIBA LA PROHIBICION DE SALIDA DEL PAIS, SE DISPONE PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA 5 DIAS EN EL PUNTO DE LA UNIDAD DE FLAGRANCIA. SE DISPONE LA IMPOSICION DEL DISPOSITIVO ELECTRONICO Y SE DISPONE SEA COLOCADO EN EL CASO QUE LO HUBIERE”.
Siendo así, lo que el juez que conoció la causa acepto la flagrancia, calificándola como legal; y que como medida cautelar se le prohíbe al detenido salir del país, que se presente cada 5 días, y que se le ponga un dispositivo electrónico; esto último no ha sucedido puesto que no existe ese artefacto; por lo demás, el procesado está en libertad condicional